IU presenta hoy alegaciones a la ordenanza reguladora del precio público por la prestación de servicios en la unidad de estimulación integral para personas con deterioro cognitivo.
Izquierda Unida de San Andrés del Rabanedo se opone en estas
alegaciones a la cuota mensual de 150 € establecida en el
artículo 5º de la ordenanza reguladora propuesta por el equipo
de gobierno del PP, pues considera que el servicio de
estimulación integral para personas con deterioro cognitivo debe
ser un servicio gratuito, dado que es una prestación que
garantiza una vida digna y mejora la calidad de vida de toda la
ciudadanía, especialmente de las personas mayores de nuestro
municipio.
Izquierda Unida defiende que se avance y no se retroceda en la
prestación de servicios que garanticen una vida digna y que
mejoren la calidad de vida de toda la ciudadanía. El derecho a
la vida, garantizado en la Constitución y en los Derechos
Humanos, hace referencia a una vida digna y el servicio de
estimulación integral para personas con deterioro cognitivo es
una prestación que mejora la calidad de vida de las personas
mayores de nuestro municipio. Como tal, consideramos que toda
prestación que contribuya a mantener y avanzar hacia esa vida
digna, debe ser contemplada como un servicio básico y
esencial, y por tanto garantizado vía impositiva, mediante
una fiscalidad progresiva: que pague más el que más tiene; y
no cargando a la ciudadanía con parte del costo mediante un
re-pago de cuotas. Izquierda Unida exige que se priorice el
gasto público destinándolo a estos servicios que mejoran la
calidad de vida de los ciudadanos y ciudadanas especialmente de
las personas mayores o enfermas.
Izquierda Unida plantea que, ante la propuesta del equipo de
gobierno del Partido Popular en el Ayuntamiento de implantar una
cuota mensual de 150 euros al mes para poder recibir dicha
prestación, mientras se consigue que la prestación sea
gratuita y accesible a todas las personas con deterioro
cognitivo de nuestros municipio, se establezca una exención
total del precio público para las personas cuyos ingresos sean
inferiores a una vez y media el Indicador Público de Renta de
Efectos Múltiples (IPREM), establecido en 532,51 € al mes para
2011. Por lo tanto, cualquier persona del municipio que
perciba una cantidad similar o menor a 798,76 euros al mes debe
tener una exención total.
En dicho caso, Izquierda Unida propone, igualmente, que se
establezca una progresividad en la cuantía en dicha cuota en
función de los ingresos de las personas beneficiarias del
servicio, a partir de ese mínimo con exención total y que la
cuota no llegue a superar los 75 € mes, si la persona tiene unos
ingresos menores de 1.000 € al mes.
En este mismo sentido, ante la propuesta del equipo de
gobierno de implantar una cuota por reserva de plaza de 30 euros
mensuales durante los períodos de ausencia voluntaria o de
ausencia obligada debidamente justificada por el tiempo de 10 o
más días continuados en un mes, Izquierda Unida considera que
no se debe pagar en ningún caso dicha reserva de plaza, y se
debe modificar el artículo 5 y 6 sobre este aspecto en el
siguiente sentido:
A. La ausencia obligada debidamente justificada, supondrá la
reserva de plaza y no conllevará ningún tipo de abono de la
reserva de plaza, dado que cuando no se trata de vacaciones o de
asuntos personales que voluntariamente suponen una ausencia
continuada, sino que es una ausencia obligada por circunstancias
médicas o de cualquier otro tipo que estén debidamente
justificadas por el organismo competente, no se puede atribuir a
la voluntad o el desinterés del beneficiario del servicio, por
lo que Izquierda Unida considera que no se puede cobrar ninguna
reserva de plaza.
B. En caso de ausencia voluntaria por un período de
tiempo superior a diez días de forma continuada, sólo en el
caso de que exista lista de espera y demanda de plazas, no debe
existir tal reserva de plaza, ni pago de dicha reserva de
plaza, permitiendo de esta forma que nuevos usuarios o usuarias
puedan hacer uso de este servicio sin tenerlo bloqueado por esa
reserva.